El pasado 24 de febrero se ha publicado en el BOE la convocatoria de subvenciones para el impulso de la movilidad ciclista. Éstas son sus principales características:
– Subvenciones financiadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) y gestionadas por la Fundación de los Ferrocarriles Españoles (FFE).
– Subvenciones para entidades locales.
– Municipios de menos de 50.000 habitantes que no sean capital de provincia.
– Plazo de presentación de solicitudes: 25 de abril de 2023.
– Actuaciones con proyecto en fase de redacción o aprobado a 25 de febrero de 2023.
No serán subvencionables actuaciones en fase de licitación (con anuncio de licitación publicado o aprobación del pliego correspondiente) o ejecución de obras.
– Máximo una solicitud por entidad.
– Actuaciones con un presupuesto mínimo de 300.000€.
– Subvención de hasta el 90% del coste de la actuación con un máximo de 500.000€. El coste restante deberá asumirlo la entidad solicitante.
– Los beneficiarios podrán recibir el 100% de la cantidad subvencionada de forma anticipada.
– Subvención compatible con otras ayudas o subvenciones recibidas por los beneficiarios para las mismas actuaciones, siempre que la suma de las ayudas no supere el coste total de las actuaciones programadas.
– Las actuaciones se tendrán que ejecutar en un plazo de 18 meses desde la resolución de la convocatoria. Existe la posibilidad de prórroga de 6 meses bajo la autorización de la FFE.
– Proyectos de inversión en infraestructuras ciclistas para la mejora de la movilidad ciclista, cicloturismo o ciclologística, poniendo énfasis en la conectividad con estaciones ferroviarias u otros nodos de transporte. Se valora positivamente que las acutaciones combinen las 3 tipologías siguientes:
- Vías segregadas del tráfico de vehículos a motor, ya sean:
- Vías ciclistas en el interior de casco urbano.
- Vías ciclistas que conecten distintos núcleos urbanos de un mismo término municipal
- Vías ciclistas que conecten el casco urbano con centros generadores de movilidad fuera del casco urbano a menos de 10 km (polígonos industriales, equipamientos educativos, culturales o sanitarios, estaciones de ferrocarril o paradas de transporte público).
- Mejora de la continuidad de vías ciclistas existentes: pasarelas, pasos inferiores, etc.
- Aparcamientos seguros:
- Dentro de casco urbano.
- Fuera de casco urbano pero en nodos generadores de movilidad cotidiana.
- Contadores de bicicletas
– Gastos subvencionables: redacción de proyectos, ejecución de las obras, asistencia técnica para la ejecución de las obras, inversión en equipos y materiales (incluyendo equipos informáticos y licencias de software relacionadas directamente con las actuaciones subvencionadas), gastos de publicidad y difusión , el IVA (a menos que sea susceptible de recuperación por parte de la entidad beneficiaria) y un 6% de gastos indirectos.
– Valoración de las solicitudes sobre 100 puntos (la puntuación mínima debe ser de 40 puntos):
- Impacto (35 p): efecto transformador en la promoción de la movilidad ciclista en desplazamientos cotidianos. Se valorarán mejoras en lo que se refiere a la conectividad con estaciones ferroviarias u otros intercambiadores.
- Calidad (30 puntos): diseño adecuado, actuación bien planteada y que persiga el objetivo de la convocatoria.
- Madurez (25 puntos): estado de preparación de las propuestas, y grado de certeza sobre su finalización.
- Relevancia (10 puntos): coherencia entre las actuaciones propuestas. Se valora la inclusión de la propuesta en un plan estratégico.
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